¿Tenías las vacaciones ya planeadas y te han cancelado el vuelo? ¿Has sufrido un retraso del vuelo y has llegado más tarde a tu destino? ¿Te han denegado el embarque por overbooking? ¿Te han perdido o dañado la maleta de viaje o cualquier otro equipaje? En todos estos casos, es muy posible que tengas derecho a una indemnización, entre otros beneficios, que deberá pagar la compañía aérea. Conoce como reclamar el vuelo retrasado, cancelado, overbooking y equipaje y, en el caso de que desees que te gestionemos la reclamación, consúltanos a través de esta página tu caso y te asesoraremos al respecto. A pesar de tener nuestras oficinas en Tenerife, señalar que trabajamos en toda España.
Datos a tener en cuenta para reclamar vuelo
A efectos de reclamar la pertinente indemnización, es recomendable contar con el mayor número de pruebas a fin de acreditar el daño que se te ha ocasionado. Así, resulta conveniente contar, entre otros, con una serie de documentos:
- La tarjeta de embarque del pasajero.
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- El Parte de Irregularidad de Equipajes (P.I.R).
- Reclamación efectuada a la aerolínea y sellada por la misma.
- Gastos que justifiquen los daños que sufriste como consecuencia de la incidencia: facturas de hoteles, otros vuelos, excursiones programadas, entre otros.

¿Qué plazo tengo para reclamar por el vuelo judicialmente?
De conformidad con la Sentencia de 22 de noviembre de 2012 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-139/11) y con el artículo 1964 del Código Civil, los pasajeros tienen un plazo de 5 años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación.
Tipos de reclamaciones
Las reclamaciones pueden variar según el motivo que causó el problema. Así, distinguimos entre: reclamar vuelo retrasado; reclamar vuelo cancelado; reclamar la denegación de embarque u overbooking; y reclamar la pérdida, retraso o daño del equipaje.
RECLAMAR VUELO RETRASADO
¿Cuándo puedo reclamar vuelo retrasado?

Si la aerolínea prevé un retraso del vuelo, con respecto a la hora de salida prevista, de:
2 o más horas
En los viajes que tengan una distancia de hasta 1.500 kilómetros.
3 o más horas
En los vuelos dentro de la Unión Europa de más de 1.500 kilómetros, así como en los vuelos internacionales cuya distancia sea entre 1.500 y 3.500 kilómetros.
4 o más horas
Si el vuelo es de más de 3.500 kilómetros y es internacional.
Tendrás derecho a:
Comida
A obtener comida y bebida suficiente, dependiendo del tiempo de espera.
Alojamiento
A recibir alojamiento y transporte entre el mismo y el aeropuerto, cuando sea necesario pasar una noche en el lugar.
Llamadas
A realizar dos llamadas o correos electrónicos gratuitos.
Reembolso
Si el retraso es de como mínimo 5 horas, tienes derecho a solicitar el reembolso en 7 días del coste íntegro del billete, junto con un vuelo de vuelta al primer punto de partida.
Además, en el caso de que llegues a tu destino con un retraso de más de 3 horas, también tienes derecho a una compensación económica al reclamar vuelo con retraso.
¿Cuál es la indemnización por reclamar vuelo retrasado?
250 euros
Si la distancia del vuelo es de hasta 1.500 kilómetros
400 euros
Si la distancia del vuelo es de más de 1.500 kilómetros y es dentro de la Unión Europea; o si el vuelo es entre 1.500 y 3.500 kilómetros y es internacional.
600 euros
Si el vuelo es de más de 3.500 kilómetros y es internacional.
Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya estableció en su Sentencia de 31 de octubre de 2011, asunto C-83/10, que en el caso de que esta indemnización no cubra la totalidad del perjuicio material y moral sufrido por el pasajero, éste puede reclamar una compensación suplementaria a la compañía aérea.
RECLAMAR VUELO CANCELADO
¿Qué derechos tengo por la cancelación del vuelo?

Comida
A obtener comida y bebida suficiente, dependiendo del tiempo de espera.
Alojamiento
A recibir alojamiento y transporte entre el mismo y el aeropuerto, cuando sea necesario pasar una noche en el lugar.
Llamadas
A realizar dos llamadas o correos electrónicos gratuitos.
Asimismo, tienes derecho a escoger entre:
Reembolso
Solicitar el reembolso en 7 días del coste íntegro del billete al precio que lo compraste (si el vuelo ya no tiene razón de ser respecto al plan de viaje inicial), junto con un vuelo de vuelta al primer punto de partida.
Transporte alternativo
O pedir un transporte alternativo hacia el destino final. Este transporte se hará en condiciones similares al que tenías contratado y lo más rápido posible; pero también puedes elegir otra fecha que te convenga más.
Además de todo ello, se tiene derecho a recibir una indemnización al reclamar un vuelo cancelado, salvo que la compañía aérea te haya informado con la antelación legalmente prevista.
¿Cuál es la indemnización por reclamar vuelo cancelado?
250 euros
Si la distancia del vuelo es de hasta 1.500 kilómetros
400 euros
Si la distancia del vuelo es de más de 1.500 kilómetros y es dentro de la Unión Europea; o si el vuelo es entre 1.500 y 3.500 kilómetros y es internacional.
600 euros
Si el vuelo es de más de 3.500 kilómetros y es internacional.
En este caso también resulta aplicable lo dispuesto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su Sentencia de 31 de octubre de 2011, asunto C-83/10, en lo relativo a que en el caso de que esta indemnización no cubra la totalidad del perjuicio material y moral sufrido por el pasajero, éste puede reclamar una compensación suplementaria a la compañía aérea.
¿Puedo reclamar vuelo cancelado si la compañía aérea alega causas extraordinarias?
En el caso de que el vuelo haya sido cancelado por causas extraordinarias, la aerolínea no tendrá que pagarte ninguna indemnización ya que se considera causa de fuerza mayor, es decir, que se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso aunque se tomaran medidas para ello.
No obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su Sentencia de 31 de enero de 2013, asunto C-12/11, declaró que incluso en los supuestos de causa extraordinaria la aerolínea deberá proporcionar de forma gratuita al pasajero comida y bebida, y si fuera necesario alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento, así como medios de comunicación con terceros. Asimismo, el pasajero tiene derecho al reembolso del precio del billete o a un transporte alternativo.
¿Cuáles son las causas extraordinarias? Las más destacadas pueden ser: causas meteorológicas (como una tormenta), accidentes en el aeropuerto, cierre del espacio aéreo, pandemias (como el coronavirus), entre otras.
¿Qué ocurre con las huelgas de personal (pilotos, azafatas…)? Debemos señalar que en su Sentencia de 17 de abril de 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que «…la ausencia espontánea de una parte importante del personal de navegación («huelga salvaje») como la acaecida en los asuntos principales, que tuvo su origen en el anuncio sorpresivo por un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo de una reestructuración de la empresa, a raíz de una iniciativa promovida no por los representantes de los trabajadores de la empresa, sino espontáneamente por los mismos trabajadores, que pasaron a situación de baja por enfermedad, no está comprendida en el concepto de «circunstancias extraordinarias» en el sentido de dicha disposición.» Por lo tanto, dicho Tribunal entiende que no estamos ante una causa extraordinaria en los supuestos de huelga de personal si no se cumplen los requisitos de ajenidad, inevitabilidad e imprevisibilidad.
RECLAMAR VUELO POR OVERBOOKING O DENEGACIÓN DE EMBARQUE

¿Te ibas de viaje de negocio o de vacaciones y te han denegado el embarque al avión por overbooking? Entre otros beneficios, tienes derecho a una indemnización económica a cargo de la aerolínea.
El overbooking es la práctica de las compañías aéreas (Vueling, Ryanair, Iberia, entre otras), por la cual venden más plazas de las que realmente dispone el avión y, en ciertos casos, no pueden embarcar todos los pasajeros.
¿Qué ocurre si me deniegan el embarque al avión por overbooking?
Ante todo, hemos de señalar que si la aerolínea va a denegar el embarque a determinadas personas, primero ha de buscar a voluntarios que se ofrezcan a renunciar a su plaza a cambio de ciertos beneficios. Es importante señalar, que si te ofreces voluntario no tienes derecho a recibir una compensación económica.
En el caso de que no existan voluntarios o no sean suficientes, la aerolínea podrá denegar el embarque a ciertas personas. Pero a cambio, deberá ofrecer ciertos beneficios.
¿Qué derechos tengo por denegación del embarque?
Comida
A obtener comida y bebida suficiente, dependiendo del tiempo de espera.
Alojamiento
A recibir alojamiento y transporte entre el mismo y el aeropuerto, cuando sea necesario pasar una noche en el lugar.
Llamadas
A realizar dos llamadas o correos electrónicos gratuitos.
Asimismo, tienes derecho a escoger entre:
Reembolso
Solicitar el reembolso en 7 días del coste íntegro del billete al precio que lo compraste (si el vuelo ya no tiene razón de ser respecto al plan de viaje inicial), junto con un vuelo de vuelta al primer punto de partida.
Transporte alternativo
O pedir un transporte alternativo hacia el destino final. Este transporte se hará en condiciones similares al que tenías contratado y lo más rápido posible; pero también puedes elegir otra fecha que te convenga más.
Y, además de todo ello, tienes derecho a una indemnización por denegación del embarque.
¿Cuál es la indemnización por reclamar overbooking?
250 euros
Si la distancia del vuelo es de hasta 1.500 kilómetros
400 euros
Si la distancia del vuelo es de más de 1.500 kilómetros y es dentro de la Unión Europea; o si el vuelo es entre 1.500 y 3.500 kilómetros y es internacional.
600 euros
Si el vuelo es de más de 3.500 kilómetros y es internacional.
En estos casos, es recomendable que reúnas todas las pruebas que puedas a fin de acreditar el daño: guarda el billete del vuelo, fotografías, entre otras. Asimismo, es aconsejable que hayas realizado la facturación a tiempo.
RECLAMAR INDEMNIZACIÓN POR EL EQUIPAJE PERDIDO, DAÑADO O RETRASADO
¿Cómo reclamar la pérdida, daño o retraso del equipaje?

Si al desembarcar del avión vas a recoger la maleta de viaje que has facturado y ésta no llega debido a que se ha perdido; ha llegado, pero se encuentra dañada; o, te comunican que llegará pero con retraso, debes acudir al mostrador de la aerolínea en la que viajaste y formular la reclamación rellenando el Parte de Irregularidad de Equipajes (P.I.R). A través de este parte pondrás en conocimiento de la aerolínea el problema ocurrido y podrás reclamar por los daños o por la maleta perdida una indemnización.
Asimismo, es recomendable que cumplimentes una hoja de reclamación de la compañía aérea que te causó el problema, quedándote con una copia sellada por la compañía aérea.
Es muy importante que realices la reclamación lo más pronto posible tras conocer el problema. Ello debido a que si recibes el equipaje facturado y no haces constar tu reclamación en el momento, se presupone que el equipaje ha sido entregado en buen estado.
En cuanto al equipaje no facturado, la aerolínea responderá si el daño se debe a su culpa o a la de sus dependientes.
¿Qué plazo hay para reclamar la compensación?
7 días
En caso de daños, la reclamación se ha de presentar inmediatamente después de notar el daño y, como mucho, dentro de los 7 días siguientes a la recepción del equipaje facturado.
21 días
En el supuesto de retraso en la entrega del equipaje, el plazo es de 21 días tras su recepción. En el momento de la entrega, deberán entregarte un documento que acredite la fecha de recepción del equipaje.
A partir de 21 días
Y, si estamos ante una pérdida del equipaje, el plazo comienza tras los 21 días señalados para reclamar en caso de retraso dado que, transcurrido dicho plazo, se entenderá que el equipaje esta perdido.
Si no se efectúa la reclamación dentro de estos plazos, posteriormente no se podrá realizar reclamación a la aerolínea, salvo supuesto de fraude.
Asimismo, como ya dijimos al principio, para acudir a la vía judicial, de conformidad con la Sentencia de 22 de noviembre de 2012 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-139/11) y con el artículo 1964 del Código Civil, el plazo plazo es de 5 años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación.
¿Cuál es la cuantía de la indemnización por reclamar el equipaje?
El Convenio de Montreal fijó la cuantía máxima a percibir en caso de destrucción, pérdida, avería o retraso en 1.000 Derechos Especiales de Giro (DEG) por pasajero.
El Reglamento (UE) nº 285/2010 de la Comisión incrementó este importe en la suma de 1.131 DEG por pasajero en las operaciones comerciales. Ello equivale a unos 1.400 euros.
Asimismo, esta cuantía ha sido incrementada por la Enmienda a los artículos 21 y 22 del Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional. En consecuencia, los límites de responsabilidad en caso de incidencias se establecen en 6.303 DEG para retrasos, 1.519 DEG para el equipaje y 26 DEG por kilogramo en el caso de la carga.
Además, se ha de señalar que este límite no opera en los casos en que el pasajero haya realizado una declaración especial del valor del equipaje, pagando una tarifa suplementaria. Así, en los supuestos en que haya un problema con el equipaje, se tendrá en cuenta el valor declarado por el pasajero.