¿Tienes un préstamo hipotecario con cláusula IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios)? Este índice, incluido en numerosas hipotecas, ha sido objeto de controversias debido a su falta de transparencia y abusividad, lo que podría estar haciéndote pagar de más. En nuestro despacho te ayudamos a reclamar IRPH y analizar tu caso para recuperar lo que te corresponde. Aunque nuestras oficinas están en Tenerife, trabajamos en toda España. Operamos a éxito: sin adelantos, solo cobramos si tú cobras. ¡Consúltanos gratis y reclama tus derechos!
¿Qué es el IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios?
El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios es una cláusula incluida en las hipotecas de interés variable cuyo fin es calcular los intereses y, por lo tanto, el precio de la hipoteca. Actúa de un modo similar al Euribor.
La Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España define el IRPH “…como la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años, para adquisición de vivienda libre, que hayan sido iniciadas o renovadas por el conjunto de bancos y/o cajas de ahorros en el mes al que se refiere el índice”.
Hemos de señalar que nos encontramos ante un índice oficial, puesto que el IRPH es publicado por el Banco de España. Sin embargo, este índice se ha visto rodeado de mucha problemática.
Problemática
En primer lugar, la principal problemática del IRPH radica en la falta de transparencia con la que se incluyó en los préstamos hipotecarios, ya que los consumidores no recibieron información clara ni suficiente sobre su funcionamiento. Se presentaba como un índice más seguro y estable frente al Euríbor, lo cual no se ajustó a la realidad.
En segundo lugar, el IRPH es susceptible de manipulación, al calcularse mediante una media aritmética de los intereses aplicados por los propios bancos, incluyendo comisiones y gastos, y añadiendo un diferencial variable según la entidad.

Y, en tercer lugar, el IRPH conllevó una gran desventaja para el consumidor frente al Euribor ya que con la crisis económica el tipo de interés del Euribor bajó, mientras que el tipo de interés del IRPH no descendió. Así, resultó más perjudicial para el consumidor, quien pagaba de una cuantía bastante superior de media.
Tipos de IRPH
Hasta el año 2013 existían tres tipos de Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios:
- IRPH de Bancos: se trata de la media simple de todos los tipos de interés aplicados, en el mes al que se refiere el índice, por el conjunto de bancos en los préstamos hipotecarios de tres o más años para la adquisición de vivienda libre.
- IRPH de Cajas de Ahorros: es la media simple de los tipos de interés aplicados, en el mes al que se refiere el índice, por las cajas de ahorro en los préstamos hipotecarios de tres o más años para la adquisición de vivienda libre.
- IRPH de conjunto de entidades: es la media simple de todas las entidades.
Sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se dejó de aplicar el IRPH de Bancos y el IRPH de Cajas de Ahorro.
¿Cómo saber si tengo IRPH en la Hipoteca?
En la cláusula de tipo de interés variable incluida en tu escritura de préstamo hipotecario e índice de referencia, debe figurar el IRPH. Suele venir expresado como “Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre del conjunto de entidades de crédito”.
Si lo desea, puede contactar con nosotros y le asesoraremos de manera gratuita sobre el cálculo de las cantidades que podría reclamar por el IRPH incluido en su hipoteca.
¿Cómo reclamar IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios)?
Reclamación extrajudicial

Se ha de comenzar dirigiendo una reclamación al Servicio de Atención al Cliente del banco con el cual tenga suscrito el contrato de préstamo hipotecario. También se puede presentar el escrito en la oficina de la entidad bancaria.
Mediante dicha reclamación se solicita la eliminación del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios de la hipoteca, así como la devolución de las cantidades que se hubieran abonado como consecuencia de la existencia de la referida cláusula.
Reclamación judicial
Si no hemos conseguido lo deseado a través de la reclamación extrajudicial, se habrá de acudir a la vía judicial a fin de reclamar la nulidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios contenido en la hipoteca por falta de transparencia, así como la devolución de los importes que hubieras pagado como consecuencia de la existencia de la referida cláusula en el préstamo hipotecario.
Documentación necesaria para reclamar IRPH
- Escritura del préstamo hipotecario.
- Cuadro de amortización del préstamo hipotecario.
- Posibles escrituras de cancelaciones, novaciones o ampliaciones del préstamo hipotecario
Plazo para reclamar IRPH
Al reclamarse la nulidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, no hay plazo para reclamar el IRPH y la devolución de las cantidades pagadas de más como consecuencia de la existencia de la cláusula en la hipoteca.
Índice IRPH y los tribunales
Ya desde finales del año 2019 el Abogado del Estado de la Unión Europea emitió un dictamen favorable para los consumidores, al entender que la cláusula IRPH puede ser controlada por los jueces por motivos de falta de transparencia de conformidad con la Directiva 93/13/CEE. A pesar de que los dictámenes del Abogado del Estado de la Unión Europea no son vinculantes, sus recomendaciones son tenidas en cuenta por el TJUE en la mayoría de los casos.
Tras la cuestión prejudicial planteada por un Juzgado de Barcelona, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció al respecto en su Sentencia de 3 de marzo de 2020.
En esta resolución el TJUE entiende que el índice IRPH puede ser sometido al control de transparencia a fin de declarar dicha cláusula como abusiva y nula, señalando que los tribunales deben asegurarse de que las cláusulas que se refieran al objeto principal de los contratos sean claras y comprensibles.

Asimismo, indica que para cumplir con el referido criterio de transparencia, “…las cláusulas que fijen en los contratos de préstamo hipotecario un tipo de interés variable no solo deberán ser comprensibles en un plano formal y gramatical, sino también permitir que el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés y de valorar así, basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de dicha cláusula sobre sus obligaciones financieras. Constituyen elementos especialmente pertinentes para la valoración que el juez nacional debe efectuar a este respecto, por un lado, la circunstancia de que los elementos principales relativos al cálculo del mencionado tipo de interés resulten fácilmente asequibles a cualquier persona que tenga intención de contratar un préstamo hipotecario, dada la publicación del modo de cálculo de dicho tipo de interés, y, por otro lado, el suministro de información sobre la evolución en el pasado del índice en que se basa el cálculo de ese mismo tipo de interés.”
Por último, señala que si se declarara la nulidad de la cláusula del IRPH, el Juez puede sustituir dicho índice legal por otro aplicable a falta de acuerdo entre las partes, “…siempre que el contrato de préstamo hipotecario no pudiera subsistir tras la supresión de la cláusula abusiva y que la anulación del contrato en su totalidad dejara al consumidor expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales”.
El IRPH ha sido cuestionado por la falta de transparencia con que se incluyó en muchos contratos hipotecarios. La reciente sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2024 subraya que la transparencia formal, como la publicación del índice en el BOE, no basta para cumplir con los estándares exigidos por la normativa europea. Los bancos deben ofrecer al consumidor información clara y detallada sobre el funcionamiento y las implicaciones económicas del índice, algo que frecuentemente no se realizó, generando desventajas importantes para los prestatarios.
En relación con la recomendación del Banco de España, se destacó en su momento que el IRPH debería aplicarse con un diferencial negativo debido a su tendencia a generar costes superiores al Euríbor. Sin embargo, muchas entidades omitieron esta recomendación y aplicaron márgenes positivos, lo que incrementó las cargas financieras para los consumidores. Este incumplimiento refuerza la idea de que, en muchos casos, no se buscó beneficiar al consumidor sino aprovecharse de su falta de conocimiento técnico.
El desequilibrio económico ocasionado por la falta de información sobre el IRPH resulta evidente al comparar su evolución con la de otros índices como el Euríbor. En la mayoría de los casos, el IRPH ha implicado pagos más altos para los prestatarios, lo que, según el TJUE, puede interpretarse como un desequilibrio contrario a la buena fe contractual, ya que el consumidor no tuvo oportunidad de valorar adecuadamente los riesgos de aceptar este índice.
Finalmente, la falta de información previa brindada por las entidades financieras ha sido clave en las declaraciones de abusividad. Muchos consumidores no fueron informados sobre la metodología de cálculo del IRPH ni sobre su evolución histórica, aspectos esenciales para tomar una decisión consciente. El TJUE ha señalado que esta carencia de información pone al consumidor en una posición de desventaja frente a la entidad financiera, lo que puede justificar la nulidad de la cláusula. Si es tu caso, puedes reclamar IRPH para recuperar lo que te corresponde.
¿Acuerdo con los bancos por el IRPH? ¿Mejor o peor que reclamar IRPH?
Optar por una reclamación judicial frente al IRPH suele ser más beneficioso que aceptar un acuerdo con el banco. Los acuerdos, aunque más rápidos, suelen implicar compensaciones limitadas y la renuncia a futuras acciones legales, lo que podría perjudicar al consumidor. Por el contrario, un procedimiento judicial para reclamar IRPH, aunque más largo y costoso, puede garantizar la devolución íntegra de cantidades indebidas y la eliminación de cláusulas abusivas, especialmente cuando se demuestra falta de transparencia. Es crucial contar con asesoramiento jurídico especializado para maximizar las posibilidades de éxito.