Si tras ello, sigue sin atender a la solicitud, será necesario acudir a la vía judicial e interponer la demanda de desahucio y reclamación de rentas.
Hemos de señalar que no debes dar de baja los servicios de suministros ni cambiar la cerradura de la vivienda. Si lo hicieras, el inquilino podría denunciarte y alegar que le estás coaccionando a abandonar la vivienda.
Una vez admitida la demanda, el Juzgado requerirá al arrendatario para que en el plazo de 10 días desaloje la vivienda, pague las cantidades debidas o para que se oponga a la demanda.
Si el arrendatario no hiciera nada de ello, se procederá al lanzamiento del arrendatario (desahucio). Si el inquilino abandona la vivienda, pero no paga la deuda, se podrá continuar con la reclamación de la misma.