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Reclamar Ingreso Mínimo Vital o IMV

¿Has solicitado la prestación del Ingreso Mínimo Vital o IMV y te la han denegado? ¿Desconoces las causas por las cuales se te ha denegado el Ingreso Mínimo Vital o IMV? ¿No estás conforme con ello? Consúltanos sin compromiso y te asesoramos al respecto, informándote sobre si tienes derecho a reclamar Ingreso Mínimo Vital o IMV y obtener la prestación.

Tabla de contenidos

Requisitos para reclamar Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Para el acceso a la prestación de Ingreso Mínimo Vital o IMV se deben cumplir una serie de requisitos que varían según se trate de un beneficiario individual o integrado en una unidad de convivencia; siendo un requisito común a todos los beneficiarios la exigencia de un año de residencia legal y efectiva en España y la  de encontrarse en situación de vulnerabilidad económica; entendiendo que se hallan en esta situación aquellos sujetos o familias que no superen un umbral establecido de ingresos y patrimonio. 

Requisitos en casos de solicitantes con unidad de convivencia

– Se debe tratar de personas unidas por matrimonio, constitución de pareja de hecho o por cualquier vínculo familiar de hasta segundo grado (padres, suegros, hijos, yernos, hermanos, cuñados, abuelos y nietos). 

– Deben haber compartido domicilio con una antigüedad de, al menos, seis meses. Es importante tener en consideración que, como regla general, se debe incluir a todos los familiares con los que se tenga ese vínculo y que figuren empadronados en el mismo domicilio, ya que es una causa frecuente de denegación la no inclusión. 

Requisitos en casos de solicitantes sin unidad de convivencia

A los solicitantes de Ingreso Mínimo Vital que lo presentan de forma individual se les exige que su estado civil no sea el de casado. Asimismo, existen requisitos adicionales que varían según la edad del solicitante: 

– Solicitantes de IMV de entre 23 y 29 años. Tendrán que haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género o hayan iniciado trámites de separación o divorcio. 

A grandes rasgos, se entiende que ha vivido de forma independiente el solicitante de Ingreso Mínimo Vital o IMV que no ha residido con sus progenitores en los dos años anteriores y en este mismo período ha cotizado como mínimo un año en algún régimen de la Seguridad Social. 

– Solicitantes de IMV mayores de 30 años. Deberán acreditar que, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud, su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores.

Compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital (IMV) con las rentas de trabajo

No existe incompatibilidad entre ser perceptor de Ingreso Mínimo Vital o IMV y trabajar (por cuenta propia o ajena) siempre que los ingresos generados no superen el umbral de rentas establecido para determinar la situación de vulnerabilidad económica. 

No obstante, es importante tener en cuenta que el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital se determina por las rentas obtenidas en el año anterior. Por lo tanto, con frecuencia se renuncia al derecho a cobrar el IMV al comenzar a desempeñar actividad retribuida por desinformación cuando realmente se mantiene el derecho a seguir percibiendo la cuantía mensual de Ingreso Mínimo Vital durante ese ejercicio. 

Complemento de Ingreso Mínimo Vital: Ayuda Para la Infancia (API)

El API es un complemento de Ingreso Mínimo Vital que se concede por la inclusión de menores en la solicitud de Ingreso Mínimo Vital, estableciéndose un umbral de rentas superior al que se exige para la concesión del Ingreso Mínimo Vital en sentido más amplio; razón por la que muchas familias que no tienen derecho a la cuantía mensual de Ingreso Mínimo Vital sí que cumplen los requisitos para ser perceptores de API. 

A título de ejemplo, tiene derecho a este complemento, que oscila entre los 57,50€ y los 115,00€ mensuales, una familia de dos adultos y un menor que  no superen unos ingresos anuales de 32.565,60€. 

¿Puedo reclamar contra la resolución denegatoria de Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

Por supuesto. Puedes reclamar Ingreso Mínimo Vital si consideras que la resolución de tu prestación de Ingreso Mínimo Vital recoge una causa de denegación que no se ajusta a la realidad, contando con un plazo de 30 días hábiles para interponer reclamación administrativa previa; paso previo indispensable para poder acudir con posterioridad, si fuera preciso, a la vía judicial. 

Por ello, en caso de recibir la resolución denegando el IMV, es importante contactar a la mayor brevedad posible con un profesional para poder reclamar dentro del plazo legal.

Ante esta reclamación la Administración cuenta con 45 días para estudiar nuevamente la documentación y dar respuesta a la misma; pudiendo modificar su resolución inicial, confirmarla o no responder en plazo a la misma, en cuyo caso se entiende desestimada la reclamación de Ingreso Mínimo Vital, quedando abierta la posibilidad de acudir al órgano jurisdiccional competente.

Reclamar Ingreso Mínimo Vital o IMV

Si necesitas un abogado para reclamar contra una resolución que deniegue su solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV), contáctenos a través de este sitio web. Ofrecemos una consulta gratuita donde revisaremos el proceso y responderemos sus preguntas sin ninguna obligación.