¿Has tenido algún problema con una compañía telefónica o con un banco y te han incluido indebidamente en algún registro de morosos como ASNEF, EXPERIAN o RAI? ¿CIRBE? ¿No paran de llamarte insistiendo en que pagues una deuda? ¿No te conceden préstamos por estar en una lista de morosos? Existen diversos supuestos en los que las empresas ceden tus datos personales para que se incluyan en estos ficheros. Sin embargo, si no se cumplen los requisitos legales para ello, puedes reclamar una indemnización por inclusión en ASNEF por un daño al derecho al honor y en materia de protección de datos. Por ello, en el caso de que necesites un abogado para reclamar una indemnización por inclusión en ASNEF (o en cualquier otro registro de morosos) en Tenerife, realízanos tu consulta gratuitamente y te asesoramos al respecto. A pesar de tener nuestras oficinas en Tenerife, señalar que trabajamos en toda España.
¿Qué son los ficheros o registros de morosos como ASNEF (EQUIFAX), RAI o BADEXCUG (EXPERIAN)? ¿CIRBE?¿Cuál es su utilidad?
Se trata de una serie de bases de datos en las cuales se registran los datos personales de los individuos que tengan deudas con ciertas empresas (normalmente, compañías de teléfono o entidades bancarias).
La finalidad de ello es conocer las deudas que tengan las personas y analizar su capacidad económica. Por ejemplo, consultando estas listas de morosos, los bancos pueden saber si tienes o no solvencia económica a la hora de concederte un préstamo.
¿Qué entidades pueden consultar mis datos en el fichero?
Cualquier empresa con la que tengas una deuda puede informar de tus datos a estos ficheros como Asnef para que los inscriban. Suele suceder cuando tienes varias facturas impagadas (como con empresas de telefonía o energía) y, especialmente, cuando tienes problemas con alguna tarjeta revolving.
Ello conlleva ciertos problemas como que, una vez inscritos los datos en las listas, podamos tener problemas a la hora de dar de alta la luz, pedir un préstamo a un banco, financiar un producto (como un teléfono móvil) e, incluso, que se produzca un perjuicio a tu reputación por la consideración de moroso.
¿Es legal que te incluyan en estos registros de morosos? Requisitos legales
Se pueden inscribir tus datos personales en una lista de morosos siempre y cuando se cumplan los requisitos legales. Estos son:
- Que tus datos los haya facilitado el acreedor o quien actúe por su cuenta o interés.
- Que la deuda sea cierta, vencida, exigible e impagada. Asimismo, esta deuda no ha de ser discutida, es decir, el deudor no ha de haber discutido su existencia o su cuantía vía administrativa, judicial u mediante otra vía alternativa vinculante (como arbitraje de consumo).
- El importe de la deuda ha de ser superior a 50 euros.
- Que la empresa te hubiera informado en el contrato o en el momento de requerirte previamente de pago, de la posibilidad de incluir tus datos personales en alguna lista de morosos.
- Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha en que tuvo que pagarse la deuda, desde el vencimiento de la obligación, o del plazo concreto en el caso de deudas de vencimiento periódico.
Asimismo, la empresa responsable del fichero (como ASNEF) ha de notificarte que tus datos personales se han incluido en el registro de morosos, indicándote los derechos que puedes ejercitar (acceso, cancelación, oposición, entre otros).
¿Incluido por error o sin cumplirse los requisitos en una lista de morosos como ASNEF?
En muchas ocasiones se han incluido indebidamente datos personales en estos ficheros por error, e incluso sin cumplirse los requisitos legales anteriormente mencionados.
En el caso de que creas que te encuentras en alguna de estas situaciones, es recomendable dirigir una solicitud al fichero correspondiente a fin de averiguar si tus datos se encuentran registrados. Es importante realizar estos trámites para comprobar si puedes reclamar una indemnización por inclusión en ASNEF, BADEXCUG, RAI o CIRBE para el caso de que no se cumplan con los requisitos legales.
¿Cómo consultar si estoy incluido en una lista de morosos como ASNEF?
Para averiguar si tus datos se encuentran incluidos en estos ficheros debemos ejercer el derecho de acceso que nos habilita tanto la Ley Orgánica de Protección de Datos como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo.
Deberemos dirigir nuestra solicitud ante la empresa acreedora o ante la empresa que gestiona el fichero de morosos donde se encuentran tus datos (como, por ejemplo, ASNEF, BADEXCUG, RAI o CIRBE).
¿Cuánto tiempo estarán mis datos incluidos en los registros de morosos?
Como hemos señalado anteriormente, la ley señala que tus datos personales podrán figurar en estos ficheros por un máximo de cinco años desde la fecha en que tuvo que pagarse la deuda, desde el vencimiento de la obligación, o del plazo concreto si fueran deudas de vencimiento periódico.
¿Cómo salir de un registro de morosos como ASNEF, CIRBE, RAI O BADEXCUG (EXPERIAN)?
En el caso de que tus datos personales se encuentren registrados en estos ficheros y consideres que se te ha incluido indebidamente (porque la deuda no existe o no se han cumplido los requisitos legales), has de ejercer tu derecho de cancelación dirigiendo una solicitud a la empresa encargada de la gestión del registro (como ASNEF o BADEXCUG) solicitando la baja de tus datos.
Si no recibes una respuesta de dicha empresa (o si la recibes, pero rechazando tu solicitud) puedes denunciar por inclusión en ASNEF (o en otro registro de morosos) ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Reclamar una indemnización por inclusión en ASNEF, RAI o EXPERIAN (BADEXCUG), CIRBE
Has de saber que los Tribunales españoles vienen entendiendo que, en el caso de que se incluyan tus datos en una lista de morosos sin cumplirse los requisitos legales anteriormente señalados, se vulnera tu derecho al honor.
Ello te da derecho, además de reclamar la cancelación y retirada de tus datos del fichero de morosos, a reclamar y obtener una indemnización económica.
Hemos de señalar que es indiferente la cuantía por la que te hayan incluido en el fichero de morosos. Aquí lo relevante es la actuación incorrecta del acreedor. Así, tal y como expone el Tribunal Supremo: “…la escasa cuantía de la deuda no disminuye la importancia del daño moral que le causó a la demandante la inclusión en los registros de morosos”.
¿Cuál es la cuantía que se puede reclamar como indemnización por inclusión en ASNEF?
No existe un baremo que indique la indemnización que pueda recibir por estar incluido en una de estas listas de morosos, sino que se ha de atender al caso en concreto. Muchas de estas indemnizaciones oscilan entre 6.000€ y 10.000€.
Así, de acuerdo con la Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor: “La indemnización se extenderá al daño moral, que se valorará atendiendo a las circunstancias del caso y a la gravedad de la lesión efectivamente producida, para lo que se tendrá en cuenta, en su caso, la difusión o audiencia del medio a través del que se haya producido.”
El Tribunal Supremo considera como criterios aptos para la valoración de la compensación el tiempo que permanecieron los datos personales en el fichero, la difusión de los mismos (las consultas realizadas por terceras empresas), la angustia ocasionada por al afectado a causa del proceso de lograr la cancelación o rectificación de los datos incorrectos, etc.