Podemos definir la desheredación como aquella disposición testamentaria a través de la cual el testador manifiesta su voluntad de privar a un heredero forzoso de su derecho a la legítima y excluirlo de la herencia.
A estos efectos, conviene explicar como se divide como regla general la herencia y en qué consiste la referida legítima. A grandes rasgos, una herencia se divide en tres partes iguales, que pueden ser sintetizadas de la siguiente manera:
- Tercio de legítima estricta. Se trata de la parte de la herencia que irremediablemente se divide entre los herederos forzosos a partes iguales.
- El tercio de mejora. El testador puede optar por utilizar esta fracción de la herencia para beneficiar a algunos de sus descendientes (hijos, nietos…). En el supuesto de decidir no mejorar a ninguno de sus herederos este tercio se uniría al de legítima estricta, incrementando por tanto esa porción de la herencia.
- Tercio de libre disposición. Como su propio nombre indica, el testador puede disponer de esta fracción de la herencia a favor de quien desee.